Artículo del Mes – Nº 47, septiembre 2018

Los derechos humanos son intrínsecos a la persona humana, no son renunciables, son parte del bagaje de reflexiones, conquistas y marco jurídico internacional que deben ser reconocidos a todas las personas por el solo hecho de su dignidad humana.

Los derechos humanos deben traducirse en políticas de estado que garanticen el acceso a ellos a través de instituciones. Estas instituciones son todos los mecanismos que un estado se da para la concreción del acceso a derechos.